miércoles, 21 de mayo de 2014

Posicionamiento en torno a la resolución judicial sobre el nombramiento de magistrados


En la discusión sobre el nombramiento de magistrados del Poder Judicial del Estado, hay quienes pretenden abonarle a la desinformación y a la construcción de cortinas de humo para no aceptar los errores que cometieron y para no reconocer que todo este proceso ha estado marcado por la opacidad y la irresponsabilidad.
1.     Algunos diputados, principalmente quienes han encabezado estas negociaciones, se han empeñado en decir que el Juzgado de Distrito se “excedió” en sus atribuciones al solicitar la anulación del nombramiento de los dos “magistrados suplentes”, y que el Poder Legislativo es soberano para nombrar a los magistrados.
Hay dos mentiras en esta aseveración:
a) Una cosa es la atribución constitucional que tiene el Congreso para nombrar a los magistrados, bajo ciertas reglas, y otra muy distinta es nombrar “magistrados suplentes”. El artículo 61 de la Constitución local es muy claro al conferirle al Congreso del Estado la atribución de elegir magistrados que durarán en su encargo 7 años y podrán ser ratificados para otro periodo por 10 años; es decir, el Congreso tiene la facultad de nombrar magistrados “definitivos”. Nunca se habla de magistrados suplentes más que en el Reglamento Interior del TAE, que señala que las ausencias de magistrados serán cubiertas por otro magistrado que designe el Pleno del Tribunal.
b) Aún más importante, es que una cosa es que el Congreso tenga la atribución de nombrar magistrados y otra muy distinta es violar una suspensión judicial federal. Parece que a los diputados del PRI se les olvida que los dos magistrados no ratificados promovieron un juicio de amparo y la resolución que dictó el Juzgado de Distrito en Materia Administrativa era muy clara al señalar que “la autoridad responsable [El Congreso] debe abstenerse de dictar la resolución correspondiente hasta en tanto no se resuelva el juicio principal.” Es decir, simple y sencillamente, y sin lugar a interpretaciones, el Congreso debía abstenerse de nombrar nuevos magistrados hasta que no se resolviera el juicio de amparo. 
Al nombrar a los “magistrados suplentes”, el Congreso incurrió en desacato, tal y como lo señalamos nosotros en la sesión del 28 de febrero, y tal y como lo advirtieron prácticamente todos los asesores jurídicos del Congreso, ya que se trata de un delito contemplado en el artículo 262 de la Ley de Amparo:
Se impondrá pena de tres a nueve años de prisión, multa de cincuenta a quinientos días, destitución e inhabilitación de tres a nueve años para desempeñar otro cargo, empleo o comisión públicos, al servidor público que con el carácter de autoridad responsable en el juicio de amparo o en el incidente de suspensión:
III. No obedezca un auto de suspensión debidamente notificado, independientemente de cualquier otro delito en que incurra.
A pesar de esto, los diputados del PRI, del PRD y la mayoría del PAN, decidieron continuar con el nombramiento de “magistrados suplentes”, siguiendo más a sus caprichos e intereses partidistas, que a una correcta lectura de la suspensión emitida por el Juez. 
2.     Estos diputados han argumentado sobre las consecuencias de la resolución del Juez de Distrito que se va a impedir la adecuada impartición de justicia, contraviniendo con ello el artículo 17 constitucional, ya que los órganos de impartición de justicia deben estar completos e integrados.
Lo que olvidan estos diputados, interpretando a su conveniencia el artículo 17 de la Constitución Mexicana, es que ha sido precisamente su comportamiento, sus decisiones y sus acciones las que han puesto en un grave riesgo la correcta aplicación de ese artículo constitucional en Jalisco. La opacidad, las manipulaciones, el reparto de cuotas partidistas para secuestrar al Poder Judicial, la presunta venta de magistraturas y la violación de los procedimientos, son lo que precisamente contraviene la “independencia de los tribunales”, “la plena ejecución de sus resoluciones” y su “imparcialidad”, principios consagrados en el artículo 17 constitucional.
Hoy, con el desaseo y las ilegalidades que ellos mismos cometieron en el proceso, han comprometido aún más la aplicación de este artículo constitucional, al dejar al TAE con 4 y no con 6 magistrados, sobrecargando la distribución de su trabajo. Si a partir de esto el TAE enfrenta complicaciones para cumplir con su trabajo, será responsabilidad de quienes judicializaron y mancharon el proceso de nombramiento de magistrados.
Algo que no se debe olvidar es que en el “colapso del TAE” contribuye la decisión que tomó el Congreso del Estado de ratificar a magistrados que han sido severamente cuestionados por sus decisiones e intereses. Quienes no evaluaron los perfiles y ratificaron magistrados con criterios partidistas son los que hoy contribuyen al colapso de la justicia en Jalisco.    
Finalmente, algunos diputados han señalado que nuestros cuestionamientos son infundadas y que no nos hemos interesado en este proceso, ya que nunca hemos solicitado información adicional a la Comisión de Justicia.
Estas declaraciones son falsas, dado que durante los últimos meses se le estuvo solicitando a esta Comisión información de manera pública e insistente. El día 21 de febrero se le solicitaron copias de los expedientes técnicos de todos los magistrados ratificados y no ratificados, mismos que nunca nos fueron entregados; y el día 3 de marzo se le solicitaron copias de las actas de las sesiones fantasma, que se llevaron a puerta cerrada, en donde precisamente se decidió elegir a esos “magistrados suplentes”.
Lamentamos que ante los atropellos cometidos por el Congreso y ante el ridículo hecho frente a instancias judiciales federales, violando amparos, desoyendo suspensiones y asumiendo facultades excesivas en el Congreso, todavía haya quienes no estén dispuestos a reconocer sus errores y corregir el camino.
Reconocemos el derecho que estos diputados tienen de recurrir a una instancia superior para defender sus argumentos y combatir legalmente la resolución del juez, y si les favorece la resolución de un tribunal colegiado, nosotros seremos los primeros en acatarlo.
Pero independientemente del resultado que se obtenga en las próximas semanas, este Congreso del Estado debe hacer un ejercicio de reflexión y autocrítica respecto a todo el proceso de ratificación y nombramiento de magistrados del Poder Judicial del Estado, y sobre todo, respecto a los cuestionamientos e inconsistencias generadas.
En este sentido, no se puede perder de vista que hace unos días se aprobaron las convocatorias para elegir a dos magistrados del Supremo Tribunal de Justicia, pero bajo los mismos criterios de opacidad y manipulación que los ya denunciados: no se establecen criterios para la evaluación de los aspirantes ni se incluyen instrumentos para asegurar la máxima transparencia del proceso. Todo esto demuestra, desafortunadamente, que sigue sin haber voluntad para corregir los vicios y errores de este proceso.  

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